NUEVA DIRECCION

Estimados Colegas para atender sus requerimientos estamos en nuestra nueva sede, ubicada en el COLEGIO DE MÉDICOS DE GUANARE, Carrera 01 , con Calle 09, del Barrio Curazao.

Te atenderemos de Lunes a Viernes de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

JORNADAS DE ACTUALIZACION PROFESIONAL 2010

ROL DEL COMISARIO MERCANTIL EN LA EVALUACION DE LA GESTION EMPRESARIAL
A Realizarce en el Auditorio del Vicerectorado de la Unellez, este Sabado 22 de Mayo desde las 8:00 am este tema es de vital importancia y una área de interés para todos los licenciados en las Ciencias Sociales y que ha sido desempeñado mayoritariamente por los Contadores y los economistas, sin embargo; pero conozcamos que es el Comisario Mercantil de acuerdo a las normas interprofesionales acordadas por las 3 Federaciones, en su  Artículo 2, establece que para ejercer la función de Comisario,  se requiere ser Licenciado en Administración, Economista o Contador Público, de conformidad con lo dispuesto en el literal n) del artículo 8 de la Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración, adicional a ello, señala el artículo 3, los profesionales deberán estar inscritos y ser miembros activos y solventes de sus respectivos colegios o delegaciones, a cuyos efectos estas instituciones expedirán certificados o constancias que acrediten tal condición.

¿Cuales son las Funciones del Comisario?
Según el artículo 4, son funciones del Comisario, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código de Comercio, las siguientes:
1.- De inspección y vigilancia sobre:
a) La gestión administrativa de la sociedad.
b) Las operaciones económicas y financieras de la sociedad.
c) El cumplimiento por parte de los administradores de la sociedad de los deberes que les impone la Ley, el documento constitutivo y los estatutos.
2. Ejercer las acciones de responsabilidad por el incumplimiento de las atribuciones de los administradores de la sociedad.
3. Actuar como órgano receptor de las denuncias de los accionistas o socios, sobre los hechos u omisiones de los administradores que pudieren haber ocasionado daños al patrimonio de la sociedad o que crean censurables.
4. Actuar como órgano especial con facultades para convocar asambleas.
5. De carácter informativo:
a) Asistir a las asambleas generales de accionistas o de socios, ordinarias o extraordinarias con derecho a voz.
b) Presentar su informe anual a la asamblea de accionistas o de socios.

El Comisario, en el ejercicio de sus funciones, tiene derecho ilimitado de inspección y vigilancia sobre todas las operaciones y, en consecuencia, puede examinar los libros legales, registros de contabilidad, correspondencia y, en general, todos los documentos de la sociedad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Haz tu comentario aqui